
BASES Y CONDICIONES DE LA PROMOCIÓN
“LA RUEDA MÁGICA DE JUMBO”
1. ORGANIZADOR. AUSPICIANTE. VIGENCIA. TERRITORIO.
Caramba Marketing S.A., CUIT 30-71473162-5, con domicilio en la calle Ignacio Warnes 1225, Vicente López, Provincia de Buenos Aires (el “Organizador”), organiza para Cencosud S.A. (“Cencosud” o el “Auspiciante”) la promoción sin obligación de compra denominada “LA RUEDA MÁGICA DE JUMBO” (la “Promoción”), que estará vigente en todos los locales de los supermercados “Jumbo” (“Local/es”) ubicados en la República Argentina, excepto en la Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur (el “Territorio”), y a través del sitio web www.jumbo.com.ar (“la Web”), desde el 11 de septiembre de 2026 hasta el 28 de septiembre de 2026, ambas fechas inclusive (el “Plazo de Vigencia”), y que se regirá por lo establecido en estas bases y condiciones (las “Bases”).
2. PARTICIPANTES.
Podrán participar en la Promoción las personas humanas mayores de 18 (dieciocho) años, domiciliadas en el Territorio, que cumplan con el mecanismo de participación indicado en estas Bases. No podrán participar personas jurídicas, personas humanas menores de 18 (dieciocho) años, personas mayores de 18 (dieciocho) años domiciliadas fuera del Territorio, empleados del Organizador, de Cencosud S.A., de sus sociedades vinculadas, de sus agencias de promoción y publicidad, ni los cónyuges y parientes por consanguinidad o afinidad hasta el segundo grado inclusive de cualquiera de los anteriores, sea que lo hagan en nombre propio o de terceros.
El Organizador no asignará Premios a aquellos participantes que no cumplieran con los requisitos mencionados en estas Bases.
3. MECÁNICA DE PARTICIPACIÓN.
Para participar de la Promoción los interesados deberán, durante el Plazo de Vigencia: (i) Adquirir, en una misma oportunidad y mediante un solo ticket fiscal, en cualquiera de los Locales o a través de la Web, productos por un monto total de al menos $50.000 (pesos cincuenta mil) (“Compra/s”). Por cada Compra que cumpla con dicho monto mínimo, el Participante recibirá un código único de participación (el “Código”); (ii) Ingresar en el sitio web www.lapromojumbo.com (el “Sitio Web”); (iii) Registrarse en el Sitio Web, informando su nombre y apellido completo, número de Documento Nacional de Identidad, dirección de correo electrónico, teléfono y provincia de residencia, e ingresar, asimismo, el número completo de ticket fiscal de la Compra y el Código (“Datos”); y (iv) Leer y aceptar estas Bases (“Participante/s”).
Una vez cargados correctamente los Datos en el Sitio Web, el Participante accederá a la Rueda Mágica de Jumbo (la “Rueda Mágica”), un juego virtual mediante el cual el Participante deberá hacer girar una rueda que se detendrá en uno de los premios en juego. La presente es una Promoción de tipo “todos ganan”: todo Participante que cargue correctamente sus Datos y cumpla con la totalidad de los requisitos de estas Bases obtendrá, como mínimo, uno de los Premios de la escala detallada en el punto 4, mientras exista stock disponible de Premios conforme se establece en estas Bases.
Cada Código otorgará derecho a 1 (un) giro de la Rueda Mágica y podrá ser utilizado 1 (una) sola vez durante el Plazo de Vigencia. El Premio que corresponda a cada giro estará predeterminado conforme el punto 6 de estas Bases. Cada Participante podrá cargar, como máximo, 4 (cuatro) Códigos por día, hasta alcanzar un máximo de 40 (cuarenta) Códigos durante el Plazo de Vigencia. Cada ticket fiscal y cada Código podrán ser utilizados 1 (una) sola vez. Serán descalificados los Participantes que no completen los Datos correctamente.
Chance adicional por Marcas Participantes. Los Participantes cuya Compra incluya 2 (dos) o más productos de las Marcas Participantes recibirán, en el ticket fiscal que se les emita, 2 (dos) Códigos en lugar de 1 (uno). Para participar con dicho Código adicional, el Participante deberá cargar nuevamente sus Datos en el Sitio Web ingresando el Código adicional, obteniendo de ese modo 1 (un) giro adicional de la Rueda Mágica. El listado de Productos y Marcas Participantes se detalla en el ANEXO 1.
Beneficio por pago con Cencopay. En caso que el Participante haya abonado su Compra utilizando como medio de pago la App Cencopay y resulte Potencial Ganador de uno de los Premios Principales (conforme se definen en el punto 4), obtendrá, en lugar de la Gift Card correspondiente al Premio Principal obtenido, una (1) Gift Card precargada con una suma equivalente al doble del monto de dicho Premio Principal (el “Premio Duplicado”). Este beneficio aplica exclusivamente sobre los Premios Principales y no resulta aplicable a los Cupones. Para acceder al Premio Duplicado, el pago con Cencopay deberá corresponder a la misma Compra cuyo Código resultó ganador del Premio Principal.
4. PREMIOS.
El programa total de premios (“Premio/s”) puesto en juego en la Promoción se compone de los siguientes premios:
A) Premios Principales:
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Premio Gift Card $2.000.000: 5 (cinco) unidades. Cada una consiste en una Gift Card precargada con la suma de $2.000.000 (pesos dos millones).
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Premio Gift Card $1.000.000: 5 (cinco) unidades. Cada una consiste en una Gift Card precargada con la suma de $1.000.000 (pesos un millón).
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Premio Consola de Videojuegos: 5 (cinco) unidades. En la Rueda Mágica este Premio se exhibe con la imagen de una consola de videojuegos; el Premio efectivamente asignado consiste en una Gift Card precargada con la suma de $1.250.000 (pesos un millón doscientos cincuenta mil) cada una.
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Premio Televisor: 5 (cinco) unidades. En la Rueda Mágica este Premio se exhibe con la imagen de un televisor de 55”; el Premio efectivamente asignado consiste en una Gift Card precargada con la suma de $900.000 (pesos novecientos mil) cada una.
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Premio Heladera: 5 (cinco) unidades. En la Rueda Mágica este Premio se exhibe con la imagen de una heladera; el Premio efectivamente asignado consiste en una Gift Card precargada con la suma de $800.000 (pesos ochocientos mil) cada una.
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Premio Bicicleta: 5 (cinco) unidades. En la Rueda Mágica este Premio se exhibe con la imagen de una bicicleta; el Premio efectivamente asignado consiste en una Gift Card precargada con la suma de $500.000 (pesos quinientos mil) cada una.
Cada Gift Card podrá ser utilizada en cualquiera de los Locales Jumbo de la República Argentina o en la Web. En su conjunto, las Gift Cards detalladas en este apartado A) se denominan los “Premios Principales”.
B) Cupones (Jumbo Checks):
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40.000 (cuarenta mil) Cupones de $5.000 (pesos cinco mil) cada uno, en concepto de Jumbo Checks, canjeables en cualquier sucursal Jumbo o en la Web entre el 3 y el 4 de octubre de 2026, ambas fechas inclusive, con una Compra mínima de $50.000 (pesos cincuenta mil).
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5.000 (cinco mil) Cupones de $10.000 (pesos diez mil) cada uno, en concepto de Jumbo Checks, canjeables en cualquier sucursal Jumbo o en la Web entre el 3 y el 4 de octubre de 2026, ambas fechas inclusive, con una Compra mínima de $100.000 (pesos cien mil).
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5.000 (cinco mil) Cupones de $15.000 (pesos quince mil) cada uno, en concepto de Jumbo Checks, canjeables en cualquier sucursal Jumbo o en la Web entre el 3 y el 4 de octubre de 2026, ambas fechas inclusive, con una Compra mínima de $150.000 (pesos ciento cincuenta mil).
En su conjunto, los cupones detallados en este apartado B) se denominan los “Cupones”. Los Cupones no son acumulables entre sí ni con otros descuentos, promociones o bonificaciones, y deberán ser utilizados exclusivamente dentro del plazo de canje indicado; vencido dicho plazo, caducarán automáticamente sin derecho a reclamo alguno.
5. PROGRAMA ESPECIAL POR PROVINCIA.
En las provincias de Chubut, Jujuy, Mendoza, Neuquén, Río Negro y Salta se asignarán, como máximo, en cada una de ellas, 1 (un) Premio Principal y 50 (cincuenta) unidades de cada uno de los Cupones detallados en el apartado B) del punto 4. Dichos Premios se encuentran comprendidos dentro del stock total de Premios detallado en el punto 4 de estas Bases.
6. DETERMINACIÓN DE POTENCIALES GANADORES.
La asignación del carácter de Potencial Ganador de cada uno de los Premios estará predeterminada por un programa de computación (“Software”) que contiene las posiciones ganadoras para cada uno de los Premios puestos en juego, cuyo funcionamiento y transparencia fue debidamente constatado por Escribano Público con anterioridad al comienzo de la Promoción. Cuando el giro de la Rueda Mágica de un Participante coincida con una posición ganadora de un Premio Principal, y siempre que dicho Participante cumpla con la totalidad de los requisitos de participación establecidos en estas Bases, el Participante se convertirá en potencial ganador (el “Potencial Ganador”) de dicho Premio Principal. Los restantes giros válidos obtendrán uno de los Cupones en juego, mientras exista stock disponible.
El stock de Premios es limitado. Una vez agotado el stock de un determinado Premio, la Rueda Mágica dejará de asignar dicho Premio. Los Premios no asignados, si los hubiera, quedarán en propiedad del Organizador. Ningún Participante podrá ganar más de un Premio Principal, sin perjuicio del Premio Duplicado previsto en el punto 3 para el caso de pago con Cencopay.
7. NOTIFICACIÓN Y ASIGNACIÓN DE PREMIOS.
Los Potenciales Ganadores de los Premios Principales serán notificados de su condición mediante el envío de un e-mail desde la casilla contacto@lapromojumbo.com a la casilla de correo informada por cada Potencial Ganador al registrarse en el Sitio Web, dentro de las 72 (setenta y dos) horas hábiles de haber obtenido dicha condición (“Notificación/es”). El Organizador solo se contactará con los Potenciales Ganadores desde la casilla de correo indicada.
Dentro del plazo de 72 (setenta y dos) horas hábiles de haber recibido la Notificación, los Potenciales Ganadores de los Premios Principales deberán remitir vía e-mail (a la misma casilla del remitente) la siguiente información: a) Foto del frente del Documento Nacional de Identidad; b) Foto del ticket fiscal de la Compra; y c) la contestación de 5 (cinco) preguntas de interés cultural (que serán enviadas oportunamente por el Organizador), de las cuales al menos 4 (cuatro) deberán responder correctamente. Cumplido este requisito y los demás requisitos que para la asignación de los Premios se establecen en estas Bases, los Potenciales Ganadores se convertirán en ganadores (“Ganador/es”).
Es requisito para la asignación de los Premios conservar en buen estado y entregar al Organizador el ticket fiscal de la Compra mediante el cual los Participantes se hayan constituido en Potenciales Ganadores.
Al develarse el Premio en la Rueda Mágica, el Participante que obtenga un Cupón visualizará en esa misma pantalla un código de canje del Cupón (el “Código de Canje”), que además le será enviado a la casilla de correo electrónico informada al registrarse. Para utilizar el Cupón, el Participante deberá presentar en cualquier sucursal Jumbo —o al momento de la compra en la Web— una captura de pantalla (print screen) del Código de Canje exhibido en pantalla, o bien el correo electrónico recibido, y cumplir con las condiciones de canje establecidas en el apartado B) del punto 4 de estas Bases.
8. ENTREGA DE LOS PREMIOS.
Los Premios Principales serán entregados de manera presencial en uno de los Locales, previo acuerdo con el Ganador, dentro del plazo de 30 (treinta) días hábiles de su asignación.
9. CONDICIONES DE LOS PREMIOS.
Los Premios no incluyen ningún otro pago, prestación, bien o servicio distinto de lo enumerado en estas Bases; el derecho a su asignación es intransferible y no podrán ser canjeados por dinero ni por bienes o servicios distintos a ellos. Los Premios deberán ser utilizados dentro del plazo que se indique al momento de su entrega; vencido dicho plazo, caducarán automáticamente.
No otorgarán derecho a Premios los tickets fiscales o Códigos que presenten roturas, deterioros, raspaduras, perforaciones o cuyas menciones estén borradas, parcial o totalmente ilegibles, ni las Notificaciones de cualquier modo alteradas o adulteradas. Los tickets fiscales de Compra, Códigos y Notificaciones sobre los cuales se alegue su pérdida, hurto o robo, o que hayan sido obtenidos ilegalmente, serán nulos.
La falta de reclamo de la asignación de los Premios en la forma establecida en estas Bases, la falta de entrega de los tickets fiscales, el ingreso de Datos incorrectos al momento de registrarse, la contestación incorrecta a más de una de las preguntas de interés cultural que le formule el Organizador, o la negativa de los Potenciales Ganadores a presentarse a las sesiones de fotografía o filmación que eventualmente les requiera el Organizador o a otorgar la autorización de uso de su imagen, hará perder automáticamente a sus Potenciales Ganadores el derecho a la asignación del Premio. Los Premios no asignados, si los hubiera, quedarán en propiedad del Organizador.
10. PARTICIPACIÓN SIN OBLIGACIÓN DE COMPRA.
Las personas humanas mayores de 18 (dieciocho) años domiciliadas en el Territorio podrán participar en la Promoción sin obligación de compra enviando un correo electrónico a contacto@lapromojumbo.com con la referencia “Participación sin obligación de compra – LA RUEDA MÁGICA DE JUMBO”, adjuntando la imagen de un dibujo simple, hecho a mano y coloreado, del logo de JUMBO (“Dibujo/s”), e incluyendo en el cuerpo del mail su nombre y apellido completo, DNI, domicilio, dirección de e-mail y un teléfono de contacto. Por cada Dibujo recibido, el Organizador enviará al requirente, por correo electrónico, un (1) Código que deberá colocar, en lugar del número de ticket fiscal, en la carga de Datos, y que le permitirá participar de la Promoción. Sólo se admitirán Dibujos originales y confeccionados manualmente. Se admitirá el envío de hasta 1 (un) correo electrónico, con un (1) Dibujo, durante todo el Plazo de Vigencia.
11. GARANTÍAS Y RESPONSABILIDADES.
El Organizador no será responsable: (i) por ningún daño o perjuicio, de cualquier tipo que fuere, que pudieren sufrir los Participantes, Potenciales Ganadores, Ganadores o terceros, en sus personas o bienes, con motivo del uso inadecuado de los Premios; ni (ii) por fallas en la red telefónica o en Internet, o por desperfectos técnicos, errores humanos o acciones deliberadas de terceros, ajenas al Organizador, que pudieran interrumpir o alterar el desarrollo de la Promoción.
Todos los costos que se deriven de la obtención o uso de los Premios, todo impuesto, tasa, contribución, arancel o suma de dinero que deba abonarse o se imponga en el futuro sobre los Premios, como así también los gastos en que incurran los Potenciales Ganadores como consecuencia de la obtención y uso de los Premios que, conforme con estas Bases, no estén a cargo del Organizador, estarán a cargo de los Potenciales Ganadores. Lo anterior, con excepción del impuesto que deba abonarse en la Provincia de Mendoza en caso que alguno de los Potenciales Ganadores sea residente de esa provincia, el cual estará a cargo del Organizador.
12. PROBABILIDAD.
Tratándose de una Promoción de tipo “todos ganan”, todo Participante que cumpla con los requisitos de estas Bases obtendrá, como mínimo, uno de los Premios de la escala, mientras exista stock disponible. La probabilidad de resultar Potencial Ganador de un Premio Principal dependerá de la cantidad de Participantes que participen de la Promoción y de la cantidad de Códigos que registre cada uno de ellos. En el supuesto de que participaran 50.000 (cincuenta mil) Participantes con 1 (un) Código cada uno, la probabilidad de cada uno de ellos de obtener un Premio Principal será, aproximadamente, de 1 (uno) en 1.667 (mil seiscientos sesenta y siete).
13. AUTORIZACIONES. DATOS PERSONALES Y USO DE IMAGEN.
Como condición para la asignación de los Premios, los Potenciales Ganadores autorizan al Organizador y a Cencosud a difundir sus datos personales, domicilios, imágenes y voz, y los Dibujos de participación sin obligación de compra, con fines comerciales, institucionales y publicitarios, en los medios y formas que el Organizador o Cencosud dispongan, sin derecho a compensación alguna, durante la vigencia de la Promoción y hasta los 3 (tres) años de finalizado el Plazo de Vigencia, y se obligan a suscribir la autorización que en tal sentido les sea requerida por el Organizador y/o por Cencosud.
Los Datos Personales de los Participantes serán incluidos en una base de datos inscripta en el Registro Nacional de Bases de Datos Personales por Cencosud, con domicilio en la calle Paraná 3617, Martínez, Provincia de Buenos Aires, para establecer perfiles determinados con fines promocionales y comerciales. El titular de los datos personales tiene la facultad de ejercer el derecho de acceso a los mismos en forma gratuita a intervalos no inferiores a seis (6) meses, salvo que se acredite un interés legítimo al efecto, conforme lo establecido en el artículo 14, inciso 3 de la Ley N° 25.326. La Agencia de Acceso a la Información Pública, en su carácter de órgano de control de la Ley N° 25.326, tiene la atribución de atender las denuncias y reclamos que se interpongan con relación al cumplimiento de las normas sobre datos personales. Al participar en la Promoción y facilitar sus Datos Personales a Cencosud, los Participantes prestan expreso consentimiento para que tales datos puedan ser utilizados por Cencosud con fines publicitarios y de marketing en general. La información de los Participantes será tratada en los términos previstos por la Ley Nacional de Protección de Datos Personales N° 25.326. El titular de los datos podrá solicitar el retiro o bloqueo de su nombre de la base de datos enviando un e-mail a la dirección basededatos_ar@cencosud.com.ar. Los Participantes que soliciten el retiro de sus Datos durante el Plazo de Vigencia no podrán participar de la Promoción.
14. CONDUCTAS INDEBIDAS.
El Organizador podrá prohibir la participación en la Promoción, como así también no otorgar Premios, a las personas que intenten hacer trampas, fraudes, engaños o cualquier otra práctica destinada a procurar ganar de forma ilegítima, molestar, amenazar o acosar a otros Participantes, sin perjuicio de reclamarles los daños y perjuicios generados como consecuencia de dicho proceder.
15. DIFUSIÓN. MODIFICACIONES.
La Promoción será difundida mediante material publicitario exhibido en los Locales, en Internet y en los demás medios que eventualmente establezca el Auspiciante.
El Organizador podrá ampliar la cantidad de Premios ofrecidos y/o el Plazo de Vigencia de la Promoción. Cuando circunstancias no imputables al Organizador, no previstas en estas Bases, o que constituyan caso fortuito o fuerza mayor lo justifiquen, el Organizador podrá suspender, cancelar o modificar la Promoción, circunstancia que será debidamente comunicada a los Participantes.
16. LEY APLICABLE. JURISDICCIÓN. ACEPTACIÓN.
Para cualquier divergencia que pudiera surgir con relación a la Promoción, los Participantes, el Organizador y Cencosud se someterán a la jurisdicción de los tribunales competentes y a la aplicación del derecho argentino.
La participación en la Promoción implica la aceptación de estas Bases, así como de las decisiones que adopte el Organizador, conforme a derecho, sobre cualquier cuestión no prevista en ellas.
Estas Bases podrán ser consultadas durante el Plazo de Vigencia de la Promoción en los Locales y en el Sitio Web www.lapromojumbo.com.
ANEXO 1 – PRODUCTOS Y MARCAS PARTICIPANTES
[A completar: listado de Productos y Marcas Participantes que otorgan el Código adicional conforme el punto 3 de estas Bases.]