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BASES Y CONDICIONES DE LA PROMOCIÓN
"LA RUEDA MÁGICA DE JUMBO"



1. ORGANIZADOR. AUSPICIANTE. VIGENCIA. TERRITORIO.

Caramba Marketing S.A., CUIT 30-71473162-5, con domicilio en la calle Ignacio Warnes 1225, Vicente López, Provincia de Buenos Aires (el “Organizador”), organiza para Cencosud S.A. (“Cencosud” o el “Auspiciante”) la promoción sin obligación de compra denominada “LA RUEDA MÁGICA DE JUMBO” (la “Promoción”), que estará vigente en todos los locales de los supermercados “Jumbo” (“Local/es”) ubicados en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y en las provincias de Buenos Aires, Chubut, Córdoba, Mendoza, Neuquén, Salta, Santa Fe y Tucumán (el “Territorio”), a través del sitio web www.jumbo.com.ar  (“la Web”) y a través de la aplicación de Jumbo (la “App”), desde el 11 de septiembre de 2026 hasta las 23:59 hs del 27 de septiembre de 2026, o hasta agotar el stock total de Premios en juego detallado en el punto 4 de las presentes bases,  lo que ocurra primero (el “Plazo de Vigencia”), y que se regirá por lo establecido en estas bases y condiciones (las “Bases”), las cuales podrán ser consultadas durante el Plazo de Vigencia en www.lapromojumbo.com.
 

2. PARTICIPANTES.

Podrán participar en la Promoción las personas humanas mayores de 18 (dieciocho) años, domiciliadas en el Territorio, que cumplan con el mecanismo de participación indicado en estas Bases. No podrán participar personas jurídicas, personas humanas menores de 18 (dieciocho) años, personas mayores de 18 (dieciocho) años domiciliadas fuera del Territorio, empleados del Organizador, de Cencosud, de sus sociedades vinculadas, de sus agencias de promoción y publicidad, ni los cónyuges y parientes por consanguinidad o afinidad hasta el segundo grado inclusive de cualquiera de los anteriores, sea que lo hagan en nombre propio o de terceros.

El Organizador no asignará Premios a aquellos participantes que no cumplieran con los requisitos mencionados en estas Bases.
 

3. MECÁNICA DE PARTICIPACIÓN.

Para participar de la Promoción los interesados deberán, durante el Plazo de Vigencia: (i) Adquirir, en una misma oportunidad y mediante un solo ticket fiscal, en cualquiera de los Locales, a través de la Web o a través de la App, productos por un monto total de al menos $60.000 (pesos sesenta mil) (“Compra/s”). Por cada Compra que cumpla con dicho monto mínimo, el Participante recibirá un código único de participación (el “Código”); (ii) Ingresar en el sitio web www.lapromojumbo.com (el “Sitio Web”); (iii) Registrarse en el Sitio Web. La primera vez que ingresa, el interesado deberá registrarse informando su nombre y apellido completo, número de Documento Nacional de Identidad, dirección de correo electrónico, teléfono y provincia de residencia (los “Datos”). En sus posteriores ingresos, iniciará sesión indicando su dirección de correo electrónico y su número de Documento Nacional de Identidad; (iv) Para participar, ingresar únicamente el Código recibido a partir de la Compra; y (v) Leer y aceptar estas Bases (“Participante/s”).

Una vez cargados correctamente los Datos en el Sitio Web, el Participante accederá a la Rueda Mágica de Jumbo (la “Rueda Mágica”), un juego virtual en el cual cada Código único habilita 1 (una) tirada (la “Tirada”): el Participante hace girar la rueda y ésta se detiene. El resultado de cada Tirada se encuentra predeterminado conforme el programa de posiciones ganadoras indicado en el punto 6 de estas Bases: si la Tirada coincide con una posición ganadora, el Participante obtendrá el Premio que corresponda a dicha posición —un Premio Principal o un Cupón, según el caso—, mientras exista stock disponible; en caso contrario, la Tirada no obtendrá Premio.

Cada Código único habilita 1 (una) Tirada de la Rueda Mágica y podrá ser utilizado 1 (una) sola vez durante el Plazo de Vigencia. El Premio que corresponda a cada Tirada estará predeterminado conforme el punto 6 de estas Bases. El Participante podrá cargar uno o varios Códigos, con un máximo de 4 (cuatro) Códigos por día, hasta alcanzar un máximo de 40 (cuarenta) Códigos durante el Plazo de Vigencia. Serán descalificados los Participantes que no ingresen correctamente su Código.

Chance adicional por Marcas Participantes. Los Participantes cuya Compra incluya 2 (dos) o más productos de las Marcas Participantes recibirán, en el ticket fiscal que se les emita, 2 (dos) Códigos en lugar de 1 (uno). Para participar con dicho Código adicional, el Participante deberá cargar nuevamente sus Datos en el Sitio Web ingresando el Código adicional, obteniendo de ese modo 1 (una) Tirada adicional de la Rueda Mágica. El listado de Productos y Marcas Participantes se detalla en el ANEXO 1.

Beneficio por pago con Cencopay. En caso que el Participante haya abonado su Compra utilizando como medio de pago Cencopay, ya sea a través de la App Cencopay o de la Tarjeta Cencopay (siendo ambos medios de pago igualmente válidos a estos efectos), y resulte Potencial Ganador de uno de los Premios Principales (conforme se definen en el punto 4), obtendrá, en lugar de la GiftCard correspondiente al Premio Principal obtenido, una (1) GiftCard precargada con una suma equivalente al doble del monto de dicho Premio Principal (el “Premio Duplicado”). Este beneficio aplica exclusivamente sobre los Premios Principales y no resulta aplicable a los Cupones. Para acceder al Premio Duplicado, el pago con Cencopay deberá corresponder a la misma Compra cuyo Código resultó ganador del Premio Principal.


4. PREMIOS.

El programa total de premios (“Premio/s”) puesto en juego en la Promoción se compone de un total de 25.117 (veinticinco mil ciento diecisiete) Premios —117 (ciento diecisiete) Premios Principales y 25.000 (veinticinco mil) Cupones—, según el siguiente detalle:

A) Premios Principales:

  • Premio GiftCard $1.000.000: 44 (cuarenta y cuatro) unidades. Cada una consiste en una GiftCard precargada con la suma de $1.000.000 (pesos un millón).

  • Premio Televisor: 13 (trece) unidades. Cada una consiste en una GiftCard precargada con la suma de $900.000 (pesos novecientos mil) cada una. En la Rueda Mágica este premio se exhibe mediante la imagen de un televisor de 55". Dicha imagen tiene carácter exclusivamente ilustrativo y no constituye el premio ofrecido, el cual consiste únicamente en la GiftCard antes indicada.

  • Premio Heladera: 14 (catorce) unidades. Cada una consiste en una GiftCard precargada con la suma de $1.500.000 (pesos un millón quinientos mil) cada una. En la Rueda Mágica este premio se exhibe mediante la imagen de una heladera. Dicha imagen tiene carácter exclusivamente ilustrativo y no constituye el premio ofrecido, el cual consiste únicamente en la GiftCard antes indicada.

  • Premio Bicicleta: 15 (quince) unidades. Cada una consiste en una GiftCard precargada con la suma de $500.000 (pesos quinientos mil) cada una. En la Rueda Mágica este premio se exhibe mediante la imagen de una bicicleta. Dicha imagen tiene carácter exclusivamente ilustrativo y no constituye el premio ofrecido, el cual consiste únicamente en la GiftCard antes indicada.

  • Premio GiftCard $500.000: 31 (treinta y uno) unidades. Cada una consiste en una GiftCard precargada con la suma de $500.000 (pesos quinientos mil) cada una.

Cada GiftCard tendrá una vigencia de 12 (doce) meses, contados desde su recepción. Vencido dicho plazo caducará automáticamente. Las GiftCards están sujetas a los términos y condiciones establecidos en el Reglamento que se adjunta a estas Bases como ANEXO 2. En su conjunto, las GiftCards detalladas en este apartado A) se denominan los “Premios Principales”.

Las imágenes de productos exhibidas en la pieza publicitaria, la Rueda Mágica, el sitio web y/o cualquier otro material promocional tienen carácter exclusivamente ilustrativo y referencial. Los premios principales de la promoción consisten únicamente en GiftCards precargadas por los importes indicados en estas Bases y Condiciones, no teniendo los participantes derecho a reclamar la entrega de los productos exhibidos en las imágenes ni productos equivalentes.

B) Cupones de Descuento:

  • 5.000 (cinco mil) Cupones de descuento de $25.000 (pesos veinticinco mil) cada uno, aplicables a una compra de al menos $120.000 (pesos ciento veinte mil) válidos del 14 al 30 de septiembre del 2026.

  • 8.000 (ocho mil) Cupones de descuento de $20.000 (pesos veinte mil) cada uno, aplicables a una compra de al menos $100.000 (pesos cien mil) válidos del 14 al 30 de septiembre del 2026.

  • 12.000 (doce mil) Cupones de descuento de $15.000 (pesos quince mil) cada uno, aplicables a una Compra de al menos $100.000 (pesos cien mil) válidos del 14 al 30 de septiembre del 2026.

En su conjunto, los cupones detallados en este apartado B) se denominan los “Cupones”. Cada Cupón se aplica como descuento sobre el total de una compra que alcance el monto mínimo indicado en cada caso, excluyendo los rubros Electro y Carnes. Los Cupones son de un solo uso, no acumulables entre sí ni con otros descuentos, promociones o bonificaciones, y deberán ser utilizados exclusivamente dentro de su plazo de vigencia, comprendido entre el 14 y el 30 de septiembre de 2026, ambos inclusive; vencido dicho plazo, caducarán automáticamente sin derecho a reclamo alguno.


5. PROGRAMA ESPECIAL POR PROVINCIA.

En las provincias de Chubut, Mendoza, Neuquén y Salta se asignarán, como máximo, en cada una de ellas, 1 (una) unidad de cada uno de los Premios Principales y 5 (cinco) unidades de cada uno de los Cupones detallados en el apartado B) del punto 4. Dichos Premios se encuentran comprendidos dentro del stock total de Premios detallado en el punto 4 de estas Bases.


6. DETERMINACIÓN DE POTENCIALES GANADORES.

La asignación del carácter de Potencial Ganador de cada uno de los Premios estará predeterminada por  posiciones ganadoras para cada uno de los Premios puestos en juego, que fueron definidas por el Organizador y fueron establecidas ante Escribano Público con anterioridad al comienzo de la Promoción. Cuando la Tirada de un Participante coincida con una posición ganadora de un Premio Principal, y siempre que dicho Participante cumpla con la totalidad de los requisitos de participación establecidos en estas Bases, el Participante se convertirá en potencial ganador (el “Potencial Ganador”) de dicho Premio Principal. Cuando la Tirada coincida con una posición ganadora de un Cupón, y mientras exista stock disponible, el Participante obtendrá dicho Cupón. Las Tiradas que no coincidan con una posición ganadora no obtendrán Premio.

El stock de Premios es limitado. Una vez agotado el stock de un determinado Premio, la Rueda Mágica dejará de asignar dicho Premio. Los Premios no asignados, si los hubiera, quedarán en propiedad del Organizador. Ningún Participante podrá ganar más de un Premio Principal, sin perjuicio del Premio Duplicado previsto en el punto 3 para el caso de pago con Cencopay.


7. NOTIFICACIÓN Y ASIGNACIÓN DE PREMIOS.

Los Potenciales Ganadores de los Premios Principales serán notificados de su condición mediante el envío de un e-mail desde la casilla contacto@lapromojumbo.com a la casilla de correo informada por cada Potencial Ganador al registrarse en el Sitio Web, dentro de las 48 (cuarenta y ocho) horas hábiles de haber obtenido dicha condición (“Notificación/es”). El Organizador solo se contactará con los Potenciales Ganadores desde la casilla de correo indicada.

Dentro del plazo de 48 (cuarenta y ocho) horas hábiles de haber recibido la Notificación, los Potenciales Ganadores de los Premios Principales deberán ingresar al link que se indique en la Notificación, descargar, completar y firmar el Acta de Confirmación de Premio, y remitirla vía e-mail (a la misma casilla del remitente) junto con: a) una foto del frente de su Documento Nacional de Identidad. El Acta de Confirmación de Premio incluye la contestación de 5 (cinco) preguntas de interés cultural, de las cuales al menos 4 (cuatro) deberán responder correctamente. Cumplido este requisito y los demás requisitos que para la asignación de los Premios se establecen en estas Bases, los Potenciales Ganadores se convertirán en ganadores (“Ganador/es”).

El Organizador podrá requerir al Potencial Ganador, a efectos de validar la Compra asociada al Código con el que resultó Potencial Ganador, el ticket de compra correspondiente. En tal caso, es requisito para la asignación de los Premios conservar en buen estado y entregar al Organizador el ticket de la Compra mediante el cual los Participantes se hayan constituido en Potenciales Ganadores.

Por su parte, al develarse el Premio Cupón en la Rueda Mágica, el Participante que obtenga un Cupón visualizará en esa misma pantalla un código de canje del Cupón (el “Código de Canje”), que además le será enviado a la casilla de correo electrónico informada al registrarse. Para utilizar el Cupón, el Participante deberá presentar en cualquier sucursal Jumbo —o al momento de la compra en la Web— una captura de pantalla (print screen) del Código de Canje exhibido en pantalla, o bien el correo electrónico recibido, y cumplir con las condiciones de canje establecidas en el apartado B) del punto 4 de estas Bases.


8. ENTREGA DE LOS PREMIOS.

Los Premios son de naturaleza virtual y serán entregados de manera electrónica, mediante el envío de la GiftCard o del Código de Canje -según corresponda- a la casilla de correo electrónico informada por el Ganador al registrarse, dentro del plazo de 30 (treinta) días hábiles de su asignación.


9. CONDICIONES DE LOS PREMIOS.

Los Premios no incluyen ningún otro pago, prestación, bien o servicio distinto de lo enumerado en estas Bases; el derecho a su asignación es intransferible y no podrán ser canjeados por dinero ni por bienes o servicios distintos a ellos. Los Premios deberán ser utilizados dentro del plazo que se indique al momento de su entrega; vencido dicho plazo, caducarán automáticamente.

No otorgarán derecho a Premios los Códigos o las Notificaciones que hubieran sido de cualquier modo alterados o adulterados. Los Códigos y Notificaciones sobre los cuales se alegue su pérdida, hurto o robo, o que hayan sido obtenidos ilegalmente, serán nulos.

No tendrán derecho a participar ni a obtener Premios aquellos Participantes respecto de Compras que hubieran sido posteriormente anuladas, canceladas, reversadas o respecto de las cuales se hubiera solicitado la devolución total o parcial del importe abonado, cuando ello implique el incumplimiento de los requisitos de participación.

La falta de reclamo de la asignación de los Premios en la forma establecida en estas Bases, la falta de presentación del Acta de Confirmación de Premio completa y firmada, el ingreso de Datos incorrectos al momento de registrarse, la contestación incorrecta a más de una de las preguntas de interés cultural incluidas en el Acta de Confirmación de Premio, o la negativa de los Potenciales Ganadores a presentarse a las sesiones de fotografía o filmación que eventualmente les requiera el Organizador o a otorgar la autorización de uso de su imagen, hará perder automáticamente a sus Potenciales Ganadores el derecho a la asignación del Premio. Los Premios no asignados, si los hubiera, quedarán en propiedad del Organizador.

Una vez agotado el stock total de Premios, dicha circunstancia será informada en el Sitio Web y la Promoción finalizará automáticamente.


10. PARTICIPACIÓN SIN OBLIGACIÓN DE COMPRA.

Las personas humanas mayores de 18 (dieciocho) años domiciliadas en el Territorio podrán participar en la Promoción sin obligación de compra enviando un correo electrónico a contacto@lapromojumbo.com con la referencia “Participación sin obligación de compra – LA RUEDA MÁGICA DE JUMBO”, adjuntando la imagen de un dibujo simple, hecho a mano y coloreado, del logo de JUMBO (“Dibujo/s”), e incluyendo en el cuerpo del mail su nombre y apellido completo, DNI, domicilio, dirección de e-mail y un teléfono de contacto. Por cada Dibujo recibido, el Organizador enviará al requirente, por correo electrónico, un (1) Código que deberá ingresar en el Sitio Web para participar de la Promoción, del mismo modo que los Códigos obtenidos por Compra. Sólo se admitirán Dibujos originales y confeccionados manualmente. Se admitirá el envío de hasta 1 (un) correo electrónico, con un (1) Dibujo, durante todo el Plazo de Vigencia.


11. GARANTÍAS Y RESPONSABILIDADES.

El Organizador no será responsable: (i) por ningún daño o perjuicio, de cualquier tipo que fuere, que pudieren sufrir los Participantes, Potenciales Ganadores, Ganadores o terceros, en sus personas o bienes, con motivo del uso inadecuado de los Premios; ni (ii) por fallas en la red telefónica o en Internet, o por desperfectos técnicos, errores humanos o acciones deliberadas de terceros, ajenas al Organizador, que pudieran interrumpir o alterar el desarrollo de la Promoción.

Todos los costos que se deriven de la obtención o uso de los Premios, todo impuesto, tasa, contribución, arancel o suma de dinero que deba abonarse o se imponga en el futuro sobre los Premios, como así también los gastos en que incurran los Potenciales Ganadores como consecuencia de la obtención y uso de los Premios que, conforme con estas Bases, no estén a cargo del Organizador, estarán a cargo de los Potenciales Ganadores. Lo anterior, con excepción del impuesto que deba abonarse en la Provincia de Mendoza en caso que alguno de los Potenciales Ganadores sea residente de esa provincia, el cual estará a cargo del Organizador.


12. PROBABILIDAD.

La probabilidad de resultar Potencial Ganador de un Premio Principal dependerá de la cantidad de Participantes que participen de la Promoción y de la cantidad de Códigos que registre cada uno de ellos. En el supuesto de que participaran 50.000 (cincuenta mil) Participantes con 1 (un) Código cada uno, la probabilidad de cada uno de ellos de obtener un Premio Principal será, aproximadamente, de 1 (uno) en 427 (cuatrocientos veintisiete).


13. AUTORIZACIONES. DATOS PERSONALES Y USO DE IMAGEN.

Como condición para la asignación de los Premios, los Potenciales Ganadores autorizan al Organizador y a Cencosud a difundir sus datos personales, domicilios, imágenes y voz, y los Dibujos de participación sin obligación de compra, con fines comerciales, institucionales y publicitarios, en los medios y formas que el Organizador o Cencosud dispongan, sin derecho a compensación alguna, durante la vigencia de la Promoción y hasta los 3 (tres) años de finalizado el Plazo de Vigencia, y se obligan a suscribir la autorización que en tal sentido les sea requerida por el Organizador y/o por Cencosud.

Los Datos Personales de los Participantes serán incluidos en una base de datos inscripta en el Registro Nacional de Bases de Datos Personales por Cencosud, con domicilio en la calle Paraná 3617, Martínez, Provincia de Buenos Aires, para establecer perfiles determinados con fines promocionales y comerciales. El titular de los datos personales tiene la facultad de ejercer el derecho de acceso a los mismos en forma gratuita a intervalos no inferiores a seis (6) meses, salvo que se acredite un interés legítimo al efecto, conforme lo establecido en el artículo 14, inciso 3 de la Ley N° 25.326. La Agencia de Acceso a la Información Pública, en su carácter de órgano de control de la Ley N° 25.326, tiene la atribución de atender las denuncias y reclamos que se interpongan con relación al cumplimiento de las normas sobre datos personales. Al participar en la Promoción y facilitar sus Datos Personales a Cencosud, los Participantes prestan expreso consentimiento para que tales datos puedan ser utilizados por Cencosud con fines publicitarios y de marketing en general. La información de los Participantes será tratada en los términos previstos por la Ley Nacional de Protección de Datos Personales N° 25.326. El titular de los datos podrá solicitar el retiro o bloqueo de su nombre de la base de datos enviando un e-mail a la dirección basededatos_ar@cencosud.com.ar. Los Participantes que soliciten el retiro de sus Datos durante el Plazo de Vigencia no podrán participar de la Promoción.


14. CONDUCTAS INDEBIDAS.

El Organizador podrá prohibir la participación en la Promoción, como así también no otorgar Premios, a las personas que intenten hacer trampas, fraudes, engaños o cualquier otra práctica destinada a procurar ganar de forma ilegítima, molestar, amenazar o acosar a otros Participantes, sin perjuicio de reclamarles los daños y perjuicios generados como consecuencia de dicho proceder.


15. DIFUSIÓN. MODIFICACIONES.

La Promoción será difundida mediante material publicitario exhibido en los Locales, en Internet y en los demás medios que eventualmente establezca el Auspiciante.

El Organizador podrá ampliar la cantidad de Premios ofrecidos y/o el Plazo de Vigencia de la Promoción. Cuando circunstancias no imputables al Organizador, no previstas en estas Bases, o que constituyan caso fortuito o fuerza mayor lo justifiquen, el Organizador podrá suspender, cancelar o modificar la Promoción, circunstancia que será debidamente comunicada a los Participantes.


16. LEY APLICABLE. JURISDICCIÓN. ACEPTACIÓN.

Para cualquier divergencia que pudiera surgir con relación a la Promoción, los Participantes, el Organizador y Cencosud se someterán a la jurisdicción de los tribunales competentes y a la aplicación del derecho argentino.

La participación en la Promoción implica la aceptación de estas Bases, así como de las decisiones que adopte el Organizador, conforme a derecho, sobre cualquier cuestión no prevista en ellas.

ANEXO I

ANEXO II

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